Propuestas surgidas del encuentro en CGT

Con motivo de la convocatoria a la Convención Constituyente 2025 en la Provincia de Santa Fe, nos reunimos distintas organizaciones gremiales en ASAMBLEA ABIERTA, organizada por SADOP Santa Fe,  que contó con la presencia de CGT Santa Fe, CTA de los Trabajadores, CTA Autónoma, FESTRAM, Obras Sanitarias Santa Fe, y con la participación del Instituto de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de Santa Fe, con el objeto de unificar criterios para proponer a los constituyentes en materia laboral o de los derechos de los trabajadores.

 Así pudimos consensuar en la necesidad de aportarles para tener en cuenta lo siguiente:

  1.  Proteger el trabajo, en sus diversas formas y situaciones, procurando vetar todo tipo de precarización, surgida del Estado o de los particulares.
  2.   Ratificar la legislación vigente que protege y otorga dignidad al trabajador y su familia, especialmente receptar o contener la legislación internacional y los convenios de la OIT, que protegen al trabajo y a los trabajadores.
  3.   Tener presente la Perspectiva de Género, incorporando normativas que posibiliten la igualdad de oportunidades y la accesibilidad al trabajo.
  4.   Considerar y proteger el trabajo de cuidado, garantizando la no discriminación y la erradicación de normativas restrictivas hacia las mujeres.
  5.   Garantizar la intangibilidad e intransferibilidad de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
  6.   Garantizar la participación de los trabajadores y beneficiarios en la conducción de la Caja de Jubilaciones y en el IAPOS.
  7.   Garantizar, promover y resguardar las mesas de negociación colectivas o paritarias con los trabajadores dependientes del Estado provincial y asegurar el cumplimiento de los Convenios Colectivos de Trabajo de los distintos sectores o gremios.
  8.   Prever la existencia de un Organismo estatal permanente, con jerarquía ministerial o equivalente, que se le garantice un funcionamiento autónomo de los gobiernos del momento, que fundamentalmente proteja el trabajo, a los trabajadores y su familia y lleve adelante  políticas de formación laboral, para promover el empleo y la empleabilidad, garantice la libertad sindical y las diversas acciones de los trabajadores y sus organizaciones que procuren la dignidad del trabajo y sus salarios.
  9.   Garantizar el derecho de huelga, la libertad sindical y prohibir cualquier forma o acción de gobierno que afecte directa o indirectamente el libre ejercicio de la acción sindical.
  10. Adherir al Convenio 190 y la Resolución 206 de la OIT.
  11. Regular el teletrabajo y el trabajo asociado a las plataformas digitales.
  12. Resguardar los derechos de los trabajadores informales y de la economía popular, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y de la dignidad del trabajo y de los trabajadores.
  13. Asegurar los mecanismos de control y fiscalización del cumplimiento de las normas laborales vigentes, en todos los ámbitos laborales.
  14. Preservar nuestras riquezas naturales, nuestra soberanía ambiental, territorial y la defensa de nuestras cuencas hídricas.
  15. Promover la constitución de los Comités Mixtos de Higiene y Salud laboral, en todos los ámbitos laborales.
  16. Proteger a los trabajadores contra los despidos arbitrarios, impidiendo la licuación de los créditos laborales, defendiendo la actualización real de los reclamos judiciales.
  17. Garantizar a los trabajadores la gratuidad en todos los trámites y procesos administrativos y/o judiciales, extendiendo esta gratuidad a las costas profesionales de los litigantes por el Estado provincial, cuando éstas recaigan sobre los trabajadores.
  18. Garantizar la dignidad del salario de los trabajadores del estado provincial, el que deberá superar los índices de pobreza, canasta básica alimentaria y/o cualquier otro índice que establezca con equidad las necesidades de los trabajadores.
  19. Garantizar los derechos y leyes vigentes ante la autonomía municipal, garantizando de esta manera la estabilidad del empleado municipal y la igualdad en la negociación del salario en todo el vasto territorio provincial.
  20. Las Cartas Orgánicas de los Municipios no pueden quedar circunscriptas a la mera confección y aprobación por parte de los Concejos municipales o deliberantes, debiendo involucrarse a todos los actores y sectores sociales afectados, también la transferencia de competencias a los municipios, debe ir acompañada de los recursos necesarios para afrontarla.
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