Jubilación Docente
Requisitos
Mujer > 57 años de edad y 30 años de servicios
Varón > 60 años de edad y 30 años de servicio
Compensación > Cada 2 años excedentes de edad compensa 1 año faltante de servicios y viceversa
Cada 2 años excedentes de edad compensa 1 año faltante de servicios y viceversa
Jubilación por invalidez > Con 30 años de servicio sin importar la edad alcanza el 82%de haber.
82% Móvil > del promedio de sueldos
DERECHO A CÓMPUTO PRIVILEGIADO / DIFERENCIADO
Es un derecho opcional, con aporte adicional, por los servicios al frente directo de alumnos y alumnas en escuelas comunes, en escuelas especiales y en escuelas radicadas en zonas calificadas como inhóspitas o desfavorables.
Requisitos
Mujer > 57 años de edad
Varón > 60 años de edad
Servicios > Con 30 años de servicios con aporte alcanza el 72% móvil del promedio de sueldos percibidos en los últimos 10 años — Este porcentaje se incrementará en un 2% por año de servicios excedentes de 30 y hasta 35 años.
Compensación > Cada 2 años excedentes de edad compensa 1 año faltante de servicios y viceversa.
¿QUE SE NECESITA PARA INICIAR EL TRÁMITE?
1 > Solicitar ante la o las escuelas privadas donde se desempeña la certificación de servicios para jubilación en formularios específicos para tal fin.
A saber:
- FD- 01 Certificado de servicios
- FD- 03 Detalle de los servicios
- FD- 03 Detalle de los montos
- FD- Detalle ampliatorio de la foja de montos de adicionales percibidos
Recordar que las escuelas privadas históricas aportan al régimen nacional (ANSES) hasta el año 1984 y las escuelas transferidas hasta 1993/1994. Por este motivo, la entidad patronal debe extender al trabajador o trabajadora dos certificaciones de servicio, una por cada caja.
2 > Al registrar aportes al régimen nacional, previo trámite jubilatorio, debe hacerse el reconocimiento de servicios ante el ANSES.
3 > Si el trabajador o trabajadora tiene servicios prestados en escuelas oficiales, debe solicitar la certificación de estos servicios ante el Ministerio de Educación ingresando a la pagina MI LEGAJO.
4 > El trabajador o trabajadora hubiera presentado servicios en la universidad, debe solicitar la certificación de los mismos, para reconocerlos ante el organismo previsional correspondiente.
5 > Régimen opcional
Reunidos los requerimientos de edad y servicios para el personal docente (Ver en régimen opcional) se está en condiciones de iniciar el trámite jubilatorio ante la caja de jubilaciones de la provincia.
Régimen ordinario
Reunidos los requerimientos de edad y servicios para los asistentes escolares (ver en régimen ordinario) se está en condiciones de iniciar el trámite jubilatorio ante la caja de jubilaciones de la provincia.
¿CUÁNDO DEBERÍA COMUNICARME CON SADOP PARA INICIAR EL TRÁMITE?
Es conveniente 9 meses antes de reunir los requisitos para iniciar el trámite jubilatorio, comenzar a reunir toda la documentación detallada anteriormente
¿QUÉ SE DEBE PRESENTAR AL MOMENTO DE REALIZAR LA CONSULTA EN EL SADOP?
> Certificaciones de servicios y/o fojas si las tuviera <
> Reconocimiento de los servicios si ya los hubiera realizado <
> Recibos de sueldo <
Jubilación Asistentes Escolares
Requisitos
Mujer > 60 años de edad
Varón > 65 años de edad
Servicios > Con 30 años de servicios con aporte alcanza el 72% móvil del promedio de sueldos percibidos en los últimos 10 años — Este porcentaje se incrementará en un 2% por año de servicios excedentes de 30 y hasta 35 años.
Compensación > Cada 2 años excedentes de edad compensa 1 año faltante de servicios y viceversa
¿QUE SE NECESITA PARA INICIAR EL TRÁMITE?
1 > Solicitar ante la o las escuelas privadas donde se desempeña la certificación de servicios para jubilación en formularios específicos para tal fin.
A saber:
- FD- 01 Certificado de servicios
- FD- 03 Detalle de los servicios
- FD- 03 Detalle de los montos
- FD- Detalle ampliatorio de la foja de montos de adicionales percibidos
Recordar que las escuelas privadas históricas aportan al régimen nacional (ANSES) hasta el año 1984 y las escuelas transferidas hasta 1993/1994. Por este motivo, la entidad patronal debe extender al trabajador o trabajadora dos certificaciones de servicio, una por cada caja.
2 > Al registrar aportes al régimen nacional, previo trámite jubilatorio, debe hacerse el reconocimiento de servicios ante el ANSES.
3 > Si el trabajador o trabajadora tiene servicios prestados en escuelas oficiales, debe solicitar la certificación de estos servicios ante el Ministerio de Educación ingresando a la pagina MI LEGAJO.
4 > El trabajador o trabajadora hubiera presentado servicios en la universidad, debe solicitar la certificación de los mismos, para reconocerlos ante el organismo previsional correspondiente.
5 > Reunidos los requerimientos de edad y servicios para los asistentes escolares (ver en régimen ordinario) se está en condiciones de iniciar el trámite jubilatorio ante la caja de jubilaciones de la provincia.
¿CUÁNDO DEBERÍA COMUNICARME CON SADOP PARA INICIAR EL TRÁMITE?
Es conveniente 9 meses antes de reunir los requisitos para iniciar el trámite jubilatorio, comenzar a reunir toda la documentación detallada anteriormente
¿QUÉ SE DEBE PRESENTAR AL MOMENTO DE REALIZAR LA CONSULTA EN EL SADOP?
> Certificaciones de servicios y/o fojas si las tuviera <
> Reconocimiento de los servicios si ya los hubiera realizado <
> Recibos de sueldo <